lunes, 20 de marzo de 2017

JUBILACIONES EN EDUCACION-MINERD

La Jubilación es un beneficio que le permite al profesor del Ministerio de Educación, continuar recibiendo ingresos al retirarse de sus labores, como consecuencia exclusiva de la protección por antigüedad en la prestación de servicios.
 “LAS JUBILACIONES TIENEN CARÁCTER VITALICIO Y DEFINITIVO”.
El servidor del sistema adquiere el derecho a la jubilación automática, de acuerdo a la siguiente escala:
• Haber cumplido 30 años en el servicio, sin importar la edad, con un cien por ciento (100%) del promedio de los últimos doce salarios;
• Haber cumplido 25 años en el servicio y 55 años de edad, con un noventa por ciento (90%) del promedio de los últimos doce salarios;
• Haber cumplido 20 años en el servicio y 60 años de edad, con un ochenta y cinco por ciento (85%) del promedio de los últimos doce salarios.
NOTA: Opcionalmente los docentes que hayan cumplido 20 años en servicio, sin importar la edad podrán optar por una jubilación con el sesenta por ciento (60%) del promedio de los últimos doce salarios devengados.
El jubilado tendrá derecho a disfrutar de dos o más jubilaciones o pensiones, siempre que sean el resultado de cotizaciones a igual número de planes contributivos y hayan cumplido con los requisitos exigidos por los mismos.
El docente del Ministerio de Educación, en su calidad de Jubilado podrá laborar bajo la modalidad de contratado en Sistema Educativo o en otra institución de carácter público o privado y continuarán paralelamente recibiendo, sin interrupción, el monto de la jubilación que le haya sido otorgada a través del INABIMA. No obstante, no tendrá derecho a jubilarse por segunda vez, ni a aumentar el monto original de su jubilació


Fuente: INABIMA

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