jueves, 4 de mayo de 2017

¿Financió Odebrecht campaña política en la República Dominicana?

 Se debate en la República Dominicana si la empresa Odebrecht financió campaña política en el país como se hizo en los países de América Latina para conseguir contratos de construcción de obras públicas.

Una de las estrategias del grupo de Odebrecht era sobornar y financiar actividades políticas a los partidos que tenían excelentes relaciones con el partido de Lula (PT) con el objetivo de obtener beneficios en contratos estatales.

Le plantearé algunos testimonios para que ustedes saquen sus propias conclusiones en el marco de la polémica que se ha dado en los diferentes sectores sociales de la RD.

 Veamos.  Joao Santana y su esposa Mónica Moura, declararon ante la justicia electoral de Brasil, que en la RD la Odebrecht no financió ninguna campaña política, pero persona de la oposición y el grupo de verde no le creen por los vínculos que dicen que existe entre Danilo y los esposos Santana-Moura.

Joao Santana como jefe de estrategia publicitaria de Presidente tenía su despacho en el palacio nacional y creo con su esposa Mónica Moura dos empresas en la RD de su propiedad ligada a la publicidad y al Cine: Polis Caribe y Cine Art, la cual recibió RD$48,520,412 millones de pesos estando la pareja en presión según Nuria Pierayoutu.be/VmHfd326qto?a  via @YouTube.


Por otro lado, veamos que dicen algunos ejecutivos de Odebrecht. El delator Luis Eduardo Soares, el cual era uno de los integrantes del departamento de soborno político de Oderecht, ha mencionado reiteradamente a la República Dominicana como uno los pases en donde se financiaron campaña política. El delator dijo ante el Tribunal Electora de Brasil, que le pidieron pagar para la cuenta Joao Santana y Mónica Moura.

H. M. da Silva, otro de los ejecutivos de Odebrecht de la división de propina, en presencia del Tribunal Electoral, declaró que se pagó a Joao Santana y a Mónica Moura por las campañas de El Salvador, Angola, Venezuela, Panamá y República Dominicana. Textualmente dijo Silva: “Pagamos su trabajo (el de Moura) en las elecciones –muy bien hecho, por cierto, el trabajo de ella- de El Salvador, Venezuela, Angola, Brasil, República Dominicana y Panamá”.

         Saque usted sus conclusiones.
            

domingo, 16 de abril de 2017

APUNTE SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE PARTIDOS

Por Oliver Aquino, MA

            En el mes de febrero de 2017, la Junta Central Electoral reintrodujo el Proyecto de  Ley de Partidos y Agrupaciones políticas  y la Ley Electoral ante el senado de la República Dominicana. Esas dos piezas legislativas han sido muy demandada por la sociedad en general para adecentar el Sistema Político de la R.D.

            En esta ocasión deseo plantear las modificaciones más relevantes del proyecto de ley de Partidos y de paso resaltar que en la gran mayoría de los partidos  existe un consenso en relación al contenido de esta  pieza legislativa.

            El proyecto de ley define a los Partidos Políticos como aquellas organizaciones conforme la constitución  y las leyes tienen presencia en todo el territorio nacional y las Agrupaciones Políticas son aquella con alcance local o sea provincial, municipal o del Distrito Nacional.

            En la formación de los partidos y agrupaciones políticas, se destaca la necesidad de que presenten una declaración  jurada cuenten con un número de afiliados no menor del dos por ciento (2%) de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones generales ordinarias presidenciales.

            Prohibiciones de los Partidos Políticos y agrupaciones. Se prohíbe despojar de una candidatura ganada en procesos convencionales internamente. Deducir salarios de los empleados públicos.  Usar los bienes y fondos públicos para favorecer a un candidato o partido. Se prohíbe las designaciones, para ocupar una función dirigencial o una postulación para un cargo electivo, que no emanen de la voluntad de los organismos competentes del Partido conforme a sus estatutos.

            Los partidos y agrupaciones reconocidas deberán depositar en la Junta Central Electoral la lista actualizada de las personas que ocupan los puestos directivos de sus órganos centrales de alcance nacional, regional, provincial, municipal, de Distrito Municipal y del exterior.

            Precampaña-Primaria interna. Los partidos deberán celebrar sus procesos internos para la escogencia de sus candidatos a puestos de elección popular un año antes del día de las elecciones, y culminando dicho periodo siete (7) meses antes de las elecciones generales.

            Los partidos reglamentaran las primarias internas a celebrarse en fecha determinada por el organismo competente del partido dentro del periodo de la precampaña, para elegir los candidatos a los distintos cargos de elección popular en las siguientes elecciones ordinaria.

            Dice el proyecto de ley de Partido que es responsabilidad de las organizaciones decidir la modalidad de la organización de la primaria interna, o si en cambio, desean que dicho proceso sea organizado y dirigido por la Junta Central Electoral. En el caso de que un partido decida la participación de la Junta Central Electoral en la organización del proceso interno deberá ser solicitado por la organización política.

            Fondo para la primaria interna. En los casos en que un partido decida que la organización de su proceso interno de escogencia de candidatos sea organizado por la Junta Central Electoral, los recursos para organizar la misma serán descontado del aporte económico que proporciona el Estado a los partidos.

            Plantea el ante proyecto de ley de Partido, que independientemente de la modalidad escogida por los partidos y agrupaciones políticas, la Junta Central Electoral estará obligada a la fiscalización y supervisión de dichos eventos internos, conforme a las disposiciones que para estos fines se dicten.

            Patrón y Centros de Votación. En esta acápite se plantea que los partidos podrán celebrar sus primaras internas utilizando el patrón o lista de votante que  deseen siempre y cuando este apegado a lo que disponen los estatutos de la organización.

            Reservación de Cuota. Los partidos deberán respetar la cuota del 33% que por Ley le corresponde la mujer. Las organizaciones políticas podrán reservarse 20% de sus candidaturas en todos los niveles para otorgarse a sus dirigentes  o acuerdos, alianzas o fusiones con otros partidos o Agrupaciones políticas.
            Candidaturas  Cedidas en las alianzas. Las candidaturas cedidas en alianzas o fusión tendrán validez legal si las mismas son otorgadas o cedidas por lo menos treinta días (30) antes del inicio de la precampaña correspondiente a la celebración de las Primarias organizadas para la elección de los cargos de elección popular.
            Requisito para Ostentar Una Precandidatura o Candidatura. En estos requisitos se puede resaltar que las autoridades competentes del partido deben presentar a la Junta Central Electoral, constancia escrita de la Prueba Antidoping, realizada en un laboratorio de reconocida solvencia moral y profesional.
             Colocación de propaganda permitida. La propaganda de los partidos en la precampaña está permitida en los siguientes lugares: En los medios de comunicación, los mítines o concentración bajo techo, visita por casa, reuniones, en las oficinas o  espacios privadas, camisetas, gorras, distintivos. Así como vallas, afiches, murales, bajantes.

            Propagada prohibida. Pintura en la calle, aceras, contenes, poste del tendido eléctrico, arboles así como de cualquier propiedad pública. Los afiches, vallas, cruza calles, calcomanía y otros medios que no se coloque acorde a las ordenanzas municipales.

            Financiamiento de los partidos. El financiamiento de los partidos provendrá del Estado y otros financiamientos previsto por la ley. Los poderes del Estados no podrán costear de ninguna forma a los partidos políticos ni candidatos.

            Distribución de los Recursos Económicos del Estado. Se mantiene el 80% de los recursos que entrega el Estado a los partidos en función de los votos obtenidos en las últimas elecciones y el 20%  distribuido en partes iguales entre todos los partidos, incluyendo los de nuevo reconocimiento en el caso de que los hubiera.

            Otras Contribuciones. Los partidos podrán recibir aporte de personas naturales (física) para el financiamiento de sus actividades, presentando una nómina de contribuyente para los fines comunicación en una página web.  Los aportes individuales a los partidos por particulares no podrán ser superior al cero punto por ciento (0.5%)  del monto máximo correspondiente a los aportes del partido.

            Los Partidos y Agrupaciones deberán tener una nómina de contribuyente que contenga: El nombre  y apellido, cedula de identidad y electoral, dirección y el monto de la contribución.

Supervisión del financiamiento de los Partido. La supervisión de los recursos que reciba una organización estará a cargo de una Unidad Especializada de Control Financiero de los Partidos creada para estos fines por la Junta  Central Electoral, que tendrá entre sus funciones, la responsabilidad de fiscalizar el financiamiento de los Partidos y los topes de gastos de precampaña electoral establecido por la legislación electoral.
Informe de los partidos. Cada seis (6) meses los Partidos y Agrupaciones políticas presentaran, ante la JCE, una relación pormenorizada de sus ingresos y gastos. La JCE, no podrá entregar ninguna partida que corresponda a las organizaciones mencionada anteriormente, si esta no se le ha entregado el informe semestral. La violación por parte de los partidos se constituye en un impedimento ipso facto para recibir los fondos públicos.

            No entrega de fondos públicos. No recibirán fondos públicos aportes prohibidos por la ley, lo que no crean una CUENTA UNICA en donde deben ser girados todos los aportes públicos, destinados por el Estado.

            Penalidades. La violación a los artículos de este proyecto de ley de Partido contiene una serie de consecuencia dependiendo de la grave que van desde multas, pérdida del derecho al financiamiento, aplicación del artículo 408 del Código Penal Dominicano, a las organizaciones políticas que se apropien de los recursos partidarios destinándolo a uso distinto, inhabilitación de candidatos para posiciones de elección popular, entre otras sanciones
.
            En caso de financiamiento ilegal, los candidatos, Partidos o Agrupaciones y personas físicas o morales responsables serán condenados al pago de una multa de la contribución ilícitamente aceptada.

            

lunes, 20 de marzo de 2017

JUBILACIONES EN EDUCACION-MINERD

La Jubilación es un beneficio que le permite al profesor del Ministerio de Educación, continuar recibiendo ingresos al retirarse de sus labores, como consecuencia exclusiva de la protección por antigüedad en la prestación de servicios.
 “LAS JUBILACIONES TIENEN CARÁCTER VITALICIO Y DEFINITIVO”.
El servidor del sistema adquiere el derecho a la jubilación automática, de acuerdo a la siguiente escala:
• Haber cumplido 30 años en el servicio, sin importar la edad, con un cien por ciento (100%) del promedio de los últimos doce salarios;
• Haber cumplido 25 años en el servicio y 55 años de edad, con un noventa por ciento (90%) del promedio de los últimos doce salarios;
• Haber cumplido 20 años en el servicio y 60 años de edad, con un ochenta y cinco por ciento (85%) del promedio de los últimos doce salarios.
NOTA: Opcionalmente los docentes que hayan cumplido 20 años en servicio, sin importar la edad podrán optar por una jubilación con el sesenta por ciento (60%) del promedio de los últimos doce salarios devengados.
El jubilado tendrá derecho a disfrutar de dos o más jubilaciones o pensiones, siempre que sean el resultado de cotizaciones a igual número de planes contributivos y hayan cumplido con los requisitos exigidos por los mismos.
El docente del Ministerio de Educación, en su calidad de Jubilado podrá laborar bajo la modalidad de contratado en Sistema Educativo o en otra institución de carácter público o privado y continuarán paralelamente recibiendo, sin interrupción, el monto de la jubilación que le haya sido otorgada a través del INABIMA. No obstante, no tendrá derecho a jubilarse por segunda vez, ni a aumentar el monto original de su jubilació


Fuente: INABIMA

domingo, 19 de marzo de 2017

EL AUMENTO SALARIAL DE LOS PROFESORES DE LA UTECO.

Prof. Oliver A. Aquino, MA

Durante 34 años los profesores han sido los grandes sacrificados de la Universidad  Tecnológica del Cibao Oriental, UTECO, tanto  así que los docentes de esa institución no tienen ningún beneficios fuera de lo $14,000 mil pesos mensuales en promedio que reciben si es que imparten docencia en el trimestre.

La ley 236-14, que declara a la institución como una entidad estatal, plantea que los maestros de la UTECO la han subvencionado desde su fundación, pero nos parece que ha llegado el momento de revertir esa situación de marginalidad social.

En rueda de prensa, el señor Rector de la UTECO, Dr. Esteban Tiburcio Gómez, anunció que el gobierno le había entregado $50.0 millones de pesos a la universidad y que en el mes de Julio le entregaría una parte similar hasta llegar a la suma prometida de RD$100.0 millones.

Los maestros de la UTECO esperan que las autoridades le incrementen un 100% durante el año 2017, pues solo un aumento de esa naturaleza  lo acercaría al salario básico que reciben los discentes de primaria (RD$34,000 mil sin contar los incentivos).

Las autoridades de la UTECO han anunciado una rebaja de los créditos a los estudiantes de la UTEC0 y una fuerte inversión en infraestructura,  pero sobre el aumento de los profesores no se dijo nada, esperamos que la mejoraría monetaria del magisterio no lo vean como un gasto.

Confiamos en que el aumento salarial de los catedráticos sea verdaderamente sustancial, pues no se hace nada realizando un incremento pírrico que mantenga agonizando la situación magisterial. Se supone que en el discurso los recursos humanos son los más importantes en una institución y no otros componentes.








EL AUMENTO SALARIAL DE LOS PROFESORES DE LA UTECO.

Prof. Oliver A. Aquino, MA

Durante 34 años los profesores han sido los grandes sacrificados de la Universidad  Tecnológica del Cibao Oriental, UTECO, tanto  así que los docentes de esa institución no tienen ningún beneficios fuera de lo $14,000 mil pesos mensuales en promedio que reciben si es que imparten docencia en el trimestre.

La ley 236-14, que declara a la institución como una entidad estatal, plantea que los maestros de la UTECO la han subvencionado desde su fundación, pero nos parece que ha llegado el momento de revertir esa situación de marginalidad social.

En rueda de prensa, el señor Rector de la UTECO, Dr. Esteban Tiburcio Gómez, anunció que el gobierno le había entregado $50.0 millones de pesos a la universidad y que en el mes de Julio le entregaría una parte similar hasta llegar a la suma prometida de RD$100.0 millones.

Los maestros de la UTECO esperan que las autoridades le incrementen un 100% durante el año 2017, pues solo un aumento de esa naturaleza  lo acercaría al salario básico que reciben los discentes de primaria (RD$34,000 mil sin contar los incentivos).

Las autoridades de la UTECO han anunciado una rebaja de los créditos a los estudiantes de la UTEC0 y una fuerte inversión en infraestructura,  pero sobre el aumento de los profesores no se dijo nada, esperamos que la mejoraría monetaria del magisterio no lo vean como un gasto.

Confiamos en que el aumento salarial de los catedráticos sea verdaderamente sustancial, pues no se hace nada realizando un incremento pírrico que mantenga agonizando la situación magisterial. Se supone que en el discurso los recursos humanos son los más importantes en una institución y no otros componentes.








EL AUMENTO SALARIAL DE LOS PROFESORES DE LA UTECO.

Prof. Oliver A. Aquino, MA

Durante 34 años los profesores han sido los grandes sacrificados de la Universidad  Tecnológica del Cibao Oriental, UTECO, tanto  así que los docentes de esa institución no tienen ningún beneficios fuera de lo $14,000 mil pesos mensuales en promedio que reciben si es que imparten docencia en el trimestre.

La ley 236-14, que declara a la institución como una entidad estatal, plantea que los maestros de la UTECO la han subvencionado desde su fundación, pero nos parece que ha llegado el momento de revertir esa situación de marginalidad social.

En rueda de prensa, el señor Rector de la UTECO, Dr. Esteban Tiburcio Gómez, anunció que el gobierno le había entregado $50.0 millones de pesos a la universidad y que en el mes de Julio le entregaría una parte similar hasta llegar a la suma prometida de RD$100.0 millones.

Los maestros de la UTECO esperan que las autoridades le incrementen un 100% durante el año 2017, pues solo un aumento de esa naturaleza  lo acercaría al salario básico que reciben los discentes de primaria (RD$34,000 mil sin contar los incentivos).

Las autoridades de la UTECO han anunciado una rebaja de los créditos a los estudiantes de la UTEC0 y una fuerte inversión en infraestructura,  pero sobre el aumento de los profesores no se dijo nada, esperamos que la mejoraría monetaria del magisterio no lo vean como un gasto.

Confiamos en que el aumento salarial de los catedráticos sea verdaderamente sustancial, pues no se hace nada realizando un incremento pírrico que mantenga agonizando la situación magisterial. Se supone que en el discurso los recursos humanos son los más importantes en una institución y no otros componentes.








jueves, 1 de diciembre de 2016

AUTORIDADES DE LA UTECO ANUNCIAN AUMENTO EN EL PRESUPUESO DEL 2017

En rueda de prensa celebrada en la Universidad UTECO  por el Consejo de Regencia y el rector de la institución, Dr. Esteban Tiburcio plantearon que el Presidente Danilo Medina, se comprometió  a través del Ministro de la Presidencia, Lic. Gustavo Montalvo que existe un compromiso del gobierno de aumentarle el presupuesto a la UTECO en RD$100 millones para el 2017.

Señaló el rector que las autoridades se comprometieron, que aunque en el presupuesto no se coloque la partida aumentada a la universidad, el gobierno se comprometió a entregárselo directamente en partida mensual.

El Dr. Esteban Tiburcio Gómez exhortó, en la rueda de prensa a los profesores y estudiantes, que ellos serán muy beneficiados del aumento de la partida.


PROFESORES CONSULTADOS  ESPERAN AUMENTO SUSTANCIAL EN EL SALARIO

Los profesores consultados sobre la promesa del señor Presidente de la RD de que entregará la partida de RD$100 millones a la UTECO, independientemente de que esté o no en el presupuesto del 2017, expresaron que esperan un aumento de un 100% mínimo en su salario y otros beneficios como son la seguridad social y  laboral.


CONGRESO APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO

El Congreso Nacional aprobó el Presupuesto General del Estado para el año 2017 por un monto de RD$711,399 millones sin medicaciones con el voto favorable de los congresistas del partido oficial.
La Asociación de Profesores de la UTECO, ASOPROUTECO, y los estudiantes de la universidad libraron una dura lucha para que el gobierno incluyera la partida aumentada a la institución.

Actualmente la universidad del Estado recibe RD$39.0 millones anual y aspiraba a RD$100.0., a pesar de que la UTECO no se incluyo en el presupuesto las autoridades han señalado que el Presidente de la República se comprometió a erogar la partida de los recursos de la presidencia mensualmente.