lunes, 31 de diciembre de 2018

SECTOR EXTERNO: SANCHEZ RAMIREZ CON ABINADER: #SRConAbinader

Profesor Oliver Aquino


La candidatura del Lic. Luis Abinader se ha convertido en el único candidato  capaz de desplazar del poder al Partido de la Liberación Dominicana convirtiéndose en el líder de la oposición con el nivel más bajo de tasa de rechazo.

La necesidad de desplazar al Partido de la Liberación Dominicana del poder ha provocado, que una cantidad  inmensa de ciudadano deseen inscribirse o participar de alguna manera, en el desplazamiento del partido morado en el entendido de que la corrupción, la impunidad, el secuestro de las instituciones democráticas y la violencia, han arropado a la Republica Dominicana en los gobiernos del PLD.

Derrotar a la mafia corrupta del PLD no es tarea fácil y requiere de mucha estrategia y de trabajo político.  En ese sentido, surge la necesidad de  fortalecer el trabajo del partido, a través de la captación de nuevos militantes que estén interesados en pertenecer al Partido Revolucionario Moderno y mediante la creación de mecanismo externo, que les permita a los simpatizantes; participar de manera directa en la promoción del candidato que encarna el cambio en la coyuntura actual.

Dado que en la Provincia Sánchez Ramírez, la actividad política se caracteriza por una fuerte competencia en el mercado electoral caracterizándose por las alianzas que se han dado en los últimos años, que han impedido que el PRM obtenga dos diputados y el senador; surge la necesidad de impulsar un gran movimiento externo que canalice todos esas fuerzas extra partido que demanda un verdadero cambio de gobierno y que marque la diferencia en la provincia Sánchez Ramírez.

En ese sentido, proponemos la creación de un movimiento externo al PRM, independiente de los que puedan existir, llamado Sánchez Ramírez con Abinader (#SRConAbinader), que canalice el deseo de la población de participar junto a Luis Abinader en el desplazamiento del PLD del poder.


Para que el movimiento sea exitoso, es necesario que esté formado por líderes sociales y comunitarios con vocación de trabajo y servicio en las diferentes comunidades de la provincia.

PROPUESTA 

ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN

En cada Municipio y Distrito Municipal de la Provincia habrá un Coordinador General.

En cada barrio se formaran Comité de Barrio en apoyo a ABINADER, y será encabezado por un coordinador barrial.  Los Comités de apoyo barriales podrán tener cantidad infinita de simpatizantes.

El Coordinador General Municipal del movimiento SANCHEZ RAMIREZ CON ABINADER mas los coordinadores barriales, formaran el Equipo Central Municipal en cada demarcación municipal.

El Coordinador General Municipal con el apoyo de los coordinadores barriales podrán crear otras estructuras como son los jóvenes con Abinader, los deportistas con Abinader, las mujeres con Abinader, los motoristas con Abinader, los estudiantes con Abinader y otros tipos de movimientos en donde estén aglutinados segmentos importantes de la población votantes, pero siempre tomando en cuenta, que la cabeza tenga cierto liderazgo en el sector y que no sea un militante reconocido del PRM.

En los casos de los Distritos Municipales de la provincia Sánchez Ramírez, también habrá un coordinación del movimiento y el responsable del Distrito, forma un equipo de trabajo y de apoyo atendiendo a las características demográfica y geográfica de la zona

Propongo que en cada municipio de la Provincia, los líderes encargados del Proyecto Luis Abinader Presidente sean los asesores e impulsores en la creación del movimiento #SRConAbinader
  
Creemos que si el equipo de Abinader trabaja en la creación de ese movimiento y le da apoyo y seguimiento, podría ser la diferencia en las elecciones del 2020 en la provincia Sánchez Ramírez.

En el municipio de Cotui se cuenta con importantes líderes del LAP, Lic. Bienvenido Lázala, el diputado Ricardo de Los Santos, Ing. Pedro Alba y el Lic. Arquímedes Matías entre otros,  que poseen un elevado prestigio que le permitiría aglutinar a un conjunto de líderes sociales y comunitarios que creen en ellos y que de seguro podrían integrar el movimiento Proyecto Luis Abinader Presidente (#SRConAbinader).



domingo, 25 de noviembre de 2018

LOS NUEVOS LIDERES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

Oliver Aquino, MA
Secretario de Comunicación del PRM-COTUI



El tipo de liderazgo político corresponde a una época dada en América Latina,  en la década de los 60, 70 y parte de los 90, el liderazgo fue construido en  base a la oposición a las dictadoras, a la guerra fría y a la situación del mundo bipolar.

Los líderes de esas décadas la gente lo percibían mesiánico, caudillo, redentores de pueblo y con un discursos de barricada. Los tiempos cambian y ya no  se puede aspirar a ese tipo de liderazgo en un mundo totalmente diferente. Balaguer y Peña Gómez encarnaban ese tipo de líderes tradicionales. Ninguno conocieron la internet.

En el siglo XXI, el liderazgo político viene acompañado del conocimiento, del discurso gerencial y de la inteligencia emocional.  Es una  ignorancia el decir que no hay líderes en la RD dominicana,  hay líderes y buenos dirigentes, pero con un perfil diferente a los antiguos líderes del pasado. Los tiempos cambian y así van cambian las personas y solo quedan los recuerdos del pasado glorioso. ¿ A caso no han cambiado la motivación de los votantes para  emitir un voto?.

jueves, 16 de agosto de 2018

LEY PARTIDOS POLITICOS, AGRUPACIONES Y MOVIMIENTOS POLTICOS. LEY 33-18.


Por Oliver Aquino



Después de 20 años de discusión en el congreso la Republica Dominicana cuenta con una ley de partidos, que aunque no es la mejor que pudiese haber, era la posible dada la correlación de fuerza existente en la cámara legislativa en donde la organización oficial, Partido de la Liberación Dominicana, cuenta con la gran mayoría de los congresista, pero que no tenía la dos tercera parte para imponerla.

En este artículo se enfocaran los principales elementos que contiene la ley de partido políticos de manera sencilla para todos pueden entenderla.

DESPOJO DE CANDIDATURA, NUEVOS PARTIDOS Y LAS ELECCIONES.

En la ley se plantea que se prohíbe despojar de las candidaturas ganadas en los procesos internos a los dirigentes del partido y que los partidos se recién creación no podrán ir aliados en el primer proceso interno ante el cual se presentan debiendo postular  candidatos propios.  Los miembros de un partido no pueden ser  expulsados sin antes haber sido debidamente citados, escuchado y juzgados en las instancias partidarias internas correspondientes. Artículos y 30).

RECURSOS PARA LA EDUCACION DE LOS PARTIDOS

Sobre los recursos que reciben del Estado dice que el 10% de los recursos que reciba del Estado el Partido, debe ser dedicado a la formación política de sus militantes.

PRECAMPAÑA ELECTORAL  DE LOS PARTIDOS POLITICOS Y REGULACION DEL GASTO DE CAMPAÑA

El periodo de la campaña interna será iniciado el primer domingo del mes de julio y concluirá con la escogencia de los candidatos para seleccionar los candidatos de elección popular.
En el aspecto de la regulación del gasto de campaña, plantea los siguientes montos: Presidenciales RD$70.00 por cada inscripto en el padrón electoral. Congresuales: RD$60.00, por electores inscriptos en el padrón electoral. Municipales: RD$50.00 y RD$25.00 para alcaldes y regidores por electores hábiles para votar. Distrito municipales: RD$100.00 para directores y RD$25.00 para vocales.

PROPAGANDA PERMITIDAS DURANTE LA PRECAMPAÑA

La ley regula la presencia de los candidatos en los medios y solo se permitirán las siguientes actividades de precampaña: Participación de los candidatos y sus voceros ante los medios de comunicación: Prensa, radial, televisa y otros sistema electrónicos, es decir que no podrán asistir a los medios los grupos de apoyo a los candidatos.

Las reuniones y encuentros en recintos cerrados, camisetas, gorras, banderas, distintivo y adhesivos.
Se podrán divulgar de mensaje transmitido por vías tales como teléfono, correo, internet y otros medios digitales, CON EXCEPCION DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN RADIAL Y TELEVISIVA

PROPAGANDA PROHIBIDA EN EL PERIODO DE PRECAMPAÑA.

Se prohíbe la pintura en las calles, aceras, contenes postes del tendido eléctrico, árboles y en cualquier propiedad pública, los afiches, vallas cruza calles, calcomanías, murales, altoparlante, disco light y cualquier medio partidario que no se coloque en los locales del partidos
SE PROHÍBE LA PROMOCIÓN POLÍTICA A TRAVÉS DE MENSAJES PUBLICITARIOS COLOCADOS Y TRANSMITIDOS POR LOS DIFERENTES MEDIOS DE COMUNICACIÓN RADIAL Y TELEVISIVA.

MODALIDADES PARA LA ESCOGENCIA DEL CANDIDAT@S.

Cada partido tiene derecho a escoger una de las siguientes modalidades para seleccionar sus candidatos:
-Las primarias,  Convenciones de delegados, -Convenciones de Militantes, -Convenciones de dirigentes y-Encuestas
El Comité Central,  Comisión Ejecutiva, Comisión Política, Comité Nacional o el equivalente a uno de estos son los organismos competentes en cada partido para seleccionar el tipo de modalidad a usar en la selección de sus candidatos.
Los partidos que decidan hacer primarias la celebraran de forma simultánea y la  Junta Central Electoral es responsable de reglamentar, organizar, administrar, supervisar y arbitrar el proceso de primarias para la escogencia de los candidatos y candidatas a cargos de elección popular.
Si los partidos seleccionar una modalidad distintas a las primarias, lo harán bajo la supervisión y fiscalización de la Junta Central Electoral.

FECHA DE ESCOGENCIA DE LOS CANDIDATOS

Los partidos que decidan escoger sus candidatos a cargo de elección popular mediantes la modalidad de primarias lo harán el primer domingo del mes de octubre del año preelectoral y para las demás modalidades lo harán a más tardar el último domingo del mismo mes preelectoral.
Los fondos para celebrar las primarias para los partidos que se acojan a ella serán deducidos del aporte económico que proporciona el Estado a los partidos.

EL TRANSFUGISMO, CUOTA DE LA MUJER Y DE LA JUVENTUD

Un aspirante a una pre candidatura que haya sido pre candidato de otro partido no podrá ser candidato de un partido diferente.

Por otro lado, la mujer tendrá una cuota que no podrá ser menor del 40% hasta y más de un 60%. Cada Partidos Políticos postulará el 10% de su propuesta nacional a la juventud (35 años o menos) de las candidaturas.

Es importante saber que la ley de partido tiene plasmado que toda persona legítimamente seleccionada como candidatos en un proceso interno no podrá ser sustituida por medio de mecanismos internos.

RESERVA DE LA CUOTA DEL PARTIDO

Las reservas de candidaturas por los partidos como resultados de una alianza electoral o fusión, tendrán validez legal si las mismas son reservadas por lo menos treinta días del inicio de la precampaña correspondiente a la celebración de las primarias.

El partido podrá reservar una cuota de 20% reservada a la alta dirección de los partidos y serán aprobadas por los respectivos organismos de máxima dirección para las alianzas y una vez cedidas o acordadas no podrán incluirse en las candidaturas a ser elegidas en las primarias de la demarcación electoral.  

FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS

Dice la ley de partidos que el  patrimonio de los Partidos estará integrado por las contribuciones de personas físicas, lo que autoricen los estatutos conforme a la ley, los bienes muebles e inmuebles que se adquieran con fondo de la organización y con las contribuciones del Estado

Se prohíbe a los partidos y dirigentes recibir para costear su actividad política partidaria, donaciones o regalos de parte de cualquiera de los poderes del  Estado, o de los ayuntamientos, o de la Junta Central Electoral.

La Junta  Central Electoral tendrá la  facultad de regular, anular  cualquier tipo de operación o actividades ante el uso indebido de los recursos del Estado.

DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS DEL ESTADO

Ø  Un ochenta por ciento (80%), distribuido en partes iguales entre los partidos que hayan alcanzado más del  5% de los votos válidos emitidos en la última elección.
Ø  Un doce por ciento (12%), distribuido entre los partidos que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%) de los votos válidos en la última elección.  
Ø  Un ocho por ciento (8%), distribuido  entre los partidos que hayan alcanzado entre cero punto uno (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos obtenidos en la última elección.

TOPE AL FINANCIAMIENTO. CONTRIBUCIONES QUE PUEDE RECIBIR LOS  PARTIDOS

Ø  Financiamiento de personas física, presentando una nómina de contribuyente  para fines de comunicación en una página web conforme a lo que establece la ley de Libre Acceso a la Información.
Ø  El partido deberá llevar una nómina de contribuyente, el cual contendrá los nombres y apellidos, cédula de identidad y electoral, la dirección y el monto de la contribución.
Ø  Las contribuciones realizadas por internet y las redes sociales serán incluidas en la nómina de contribuyentes siempre estarán identificadas en su origen.Las contribuciones por particulares a los partidos no podrán ser superiores al uno por ciento (1%) del monto máximo correspondiente al partido que reciba mayor asignación de fondos.
S
S    SUPERVISION DE LOS FONDOS.


La supervisión de los recursos estará a cargo de una especializada  de control financiero de los partidos dependiente  de la Junta Central Electoral y podrá fiscalizar los fondos que reciben los partidos.
La Junta Central Electoral, por la vía reglamentaria, fijará las disposiciones complementarias que estime convenientes para un efectivo control de los recursos que reciben los partidos.

DE LAS PENALIDADES (ARTICULO 78)

La ley de partidos, agrupaciones y movimientos políticos , sin perjuicio de las demás leyes que le sean aplicable, contiene una serie de sanciones y multa que le son aplicable de acuerdo al tipo de violación, que desde la aplicación de multa en salario mínimos,  condenas, perdidas de derecho aspirar a un cargo por vida,  suspensión del cargo.

CONSECUENCIA DE ASPIRAR A DESTIEMPO

Los aspirantes que inicien su campaña antes del tiempo de campaña precandidato serán sancionados con la inadmisibilidad de la candidatura. La Junta Central Electoral será responsable de hacer cumplir esta disposición.  

CONSECUENCIA PARA PERSONAS  FISICAS O JURICADAS QUE NO SEAN MIEMBROS DE UN PARTIDOS

Ley de partidos, agrupaciones y partidos políticos, también dedica una parte a las personas físicas o jurídicas que no sean partidos o miembros de dichas organizaciones,  serán sancionada con multas de cinco (5) hasta cien (100) salarios mínimos  del sector público, de conformidad con la gravedad de caso independiente de otras leyes.
Por ejemplo los candidatos en la pre campaña no pueden colocar anuncio en la radio ni la televisión y eso debe saberlo el dueño de programa.



viernes, 1 de junio de 2018

TODOS CON DANILO


Profesor  Oliver Aquino

Descartada la reelección de Danilo Medina  en esta coyuntura, no porque no la quiera sino por las circunstancias desfavorables, el Presidente envía a todos sus caballos a correr por la candidatura del PLD.

El caballo que saque la cabeza con mayor porcentaje y que tenga mayores posibilidades de derrotar a Leonel Fernández, será el candidato de Danilo Medina y del Estado Dominicano.

Todos dicen que en un proceso interno dentro del PLD nadie le gana a Leonel Fernández con un padrón cerrada. Si fuera en un país en donde las instituciones del Estado funcionen de manera independiente estaría de acuerdo.

Se imagina usted una convención dentro del PLD en donde uno de los candidatos represente a Danilo o sea al Estado Dominicano.

¿Quiénes le harían la campaña interna al candidato de la mafia del palacio?: Los gobernadores, los síndicos y funcionarios públicos encabezados por el Presidente de la Republica Dominicana. ¿Vencería de nuevo el Estado de nuevo?.